El 13 de abril pasado se publicó y entró en vigencia la Ley 21.442 que aprueba la nueva normativa sobre copropiedad inmobiliaria.
Esta Ley se aplica tanto a condominios como edificios e incluye entre otras cosas, que en los Reglamentos de Copropiedad no se puede prohibir la tenencia de animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades, esto es dentro de sus viviendas.
En los espacios comunes, como pasillos o jardines, se podrán establecer limitaciones y restricciones, con el objeto de no perturbar la tranquilidad ni comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio, por lo que se podrían establecer medidas como uso de correa, arnés y bozal.
Este es un tema en que siempre nos preguntaban y nos llegaban casos y estamos muy felices ya que nunca mas se podrá incurrir en la práctica arbitraria de establecer la prohibición de animales en tu domicilio, lo que sólo viene a reforzar que estos son y deben ser considerados siempre como parte de nuestras familias.
Si me limitan todo acceso y me prohíben ocupar los espacios echandome fuera del condominio para hacer uso con mi mascota, y si mi mascota orina o defeca dentro me llegara multa una limitación que se informó pero no se tomó participación ni parecer. Fue arbitraria prohibiendo el libre acceso a nuestras mascotas