En audiencia de fecha 25 de febrero del año 2022, el Tercer Tribunal de Garantía de Santiago declaró admisible solicitud de decisión de no perseverar deducida por el Ministerio Público.
El caso se origina por cinco gatos de raza Maine Coon que presuntamente se encontraban en paupérrimas condiciones de salud y dos de ellos con enfermedades cardíacas hereditarias propias de la raza, que se deben descartar de los progenitores al momento de realizar la cruza.
Fundación Abogados Por Los Animales interpuso una querella para ser parte del proceso penal, el Ministerio Público presentó decisión de no perseverar, al cual nuestra organización solicitó la reapertura de la investigación por falta de realización de diligencias, obteniendo respuesta positiva por parte de tribunales.
Luego de realizadas las diligencias, nuevamente Fiscalía solicita decisión de no perseverar en el caso, al cual nuestra fundación en calidad de querellante se opuso, indicando que los animales presentaron enfermedades, algunas de tipo zoonóticas asociadas a hogares multigato, que se podrían haber evitado con un buen manejo por parte del criadero, encontrándose la salud de los múltiples felinos afectada hasta el día de hoy como consecuencia de la inacción del centro de mantención temporal.
Finalmente, el Tribunal declaró la decisión de no perseverar, poniendo término al procedimiento penal en contra de la dueña del criadero, quien tampoco podrá ser sometida a un nuevo procedimiento penal, en base a los mismos hechos.
Como fundación, lamentamos lo ocurrido con Gusty, Leonidas, Mochi, Apollo y Hommer y que los delitos de maltrato animal terminen con decisiones de no perseverar ya que estas medidas tomadas por el Ministerio Público no son un aporte para la justicia animal.
Francisca Ugalde, asesora jurídica de la fundación, señala que en este tipo de casos se puede evidenciar el poco manejo por parte de las instituciones del delito de maltrato animal y su forma de concreción, lo que es lamentable por todos aquellos animales no humanos que se ven vulnerados día a día.
RIT: 7507 – 2020
RUC: 2010061169-5
TRIBUNAL: TERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO.
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